¡FUE FEMINICIDIO!, CASO ANA MARÍA CASTRO

Frustrante y desgarrador, así se podría describir el relato de Nidia Romero, una madre clamando justicia por la muerte de su hija, Ana María Castro, quien con apenas 21 años fue asesinada por Paul Naranjo y Julián Ortegón y abandonada en las calles de Bogotá por su supuesto ‘amigo’, hechos ocurridos el pasado 4 de marzo de 2020

Y cómo no temer de una justicia inoperante como ocurre hoy en Colombia. Por ejemplo, en este caso que después de haber determinado en Primera Instancia por el Tribunal de Bogotá el delito de feminicidio para ambos acusados, hace un par de días da a conocer que el delito se configuró como homicidio agravado, lo que en consecuencia favorece a los acusados con una rebaja de pena de 41 a 33 años de cárcel.

Desde el 6 de julio de 2015 en Colombia se promulga la Ley 1761 “Por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones”, esta también se conoce por el nombre de la “Ley de Rosa Elvira Cely”. Recordemos, una mujer que fue violada, torturada, empalada y brutalmente asesinada el 24 de mayo de 2012 por un excompañero de estudio.

Cabe resaltar, que el delito se configura como feminicidio en diferentes circunstancias, pero en este caso y en especial, se podría configurar como tal, ya que el accionar de los acusados se enmarca en un contexto de control y discriminación contra Ana María en su condición de mujer, debido a que ella se estaba besando con su amigo, Mateo Reyes, quien fue obligado a abandonar el vehículo momentos antes de que ocurrieran los hechos.

Además, es prueba suficiente para que se tipifique como feminicidio porque la víctima se hallaba en estado de alicoramiento, es decir, se encontraba en estado de indefensión, que la ponía en absoluta vulnerabilidad ante sus agresores.

Pero, también no es acaso un acto de cosificación hacia la mujer cuando uno de sus homicidas la atacó por el hecho de sentirse rechazado cuando Ana María decidió besar a otro hombre y no a este, como si acaso ella tuviera la obligación de corresponderle o fuera de su propiedad. Y con todo esto, ¿todavía les queda duda que la razón del crimen de Ana María se debe estrictamente por el hecho de ser mujer?

La familia de Ana María ha decidido llevar el caso a una instancia más superior, a la Corte Suprema de Justicia, para que sea la Sala de Casación Penal quien determine si los hechos corresponden a homicidio o, por el contrario, feminicidio como lo manifestó en su momento el Juzgado de Primera Instancia.

Todavía existe una esperanza en esta historia que, si bien no le devolverá a Nidia Romero, la madre, ni a su familia a Ana María Castro sana y salva en casa como debería estarlo hoy, si habrá la posibilidad de que la justicia sea efectiva y que no revictimice a las víctimas, cuando es obvio el delito y, que de ninguna manera corra el riesgo de que el sistema luzca ahora como una estructura machista, que ignora una triste realidad que vive el país y que no se puede soterrar, el feminicidio.

Ornella Suárez Vidal

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