¿LAS 16 CURULES? ¡CLARO QUE SÍ! 

El numeral 2.3.6 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito entre el gobierno y el grupo guerrillero de las FACR, estableció llevar a cabo la promoción de la representación política de poblaciones y zonas especialmente afectadas por el conflicto y el abandono, como una medida de reparación y construcción de la paz.

Para lograr dicho propósito se acordó crear 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para elegir igual número de Representantes a la Cámara, de manera temporal y por 2 períodos electorales.

Esto con el fin de lograr una mayor inclusión y representación de los derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de las víctimas del conflicto.

En tal sentido, fue presentado el proyecto de Acto Legislativo 05 de 2017 Senado, 017 de 2017 Cámara de reforma constitucional, utilizando el procedimiento legislativo especial para la paz (fast track), que básicamente lo que hacía era reducir el número de debates de los proyectos en el Congreso, para la aprobación de leyes y reformas constitucionales.

Sin embargo, el proyecto de las 16 curules no alcanzó a cumplir las mayorías requeridas por el artículo 375 de la Constitución Política, y fue archivado el 30 de noviembre de 2017 sin que hubiera sido impugnado en la sesión del Senado de la República.

Año y medio después de haber sido archivado el proyecto, el senador Roy Barreras presentó acción de tutela contra la Mesa Directiva del Senado de la República, alegando el amparo de los derechos a la igualdad, al debido proceso en el trámite legislativo, derecho a la participación política de las víctimas, y pidió que se ordenara a la Mesa Directiva del Senado dar por aprobado el proyecto de acto legislativo y, como resultado de tal decisión, que el presidente de la República lo promulgue.

La acción de tutela fue negada por improcedente en el Juzgado 16 Administrativo de Oralidad del Circuito Judicial de Bogotá, y confirmada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Aquí es donde entonces entra en juego la Corte Constitucional porque, en el ejercicio autónomo de sus competencias para la eventual revisión, la seleccionó para resolver en última instancia, y en tal virtud, mediante la sentencia SU-150 de 2021 con ponencia del Magistrado Alejandro Linares, ordenó dar por aprobado el proyecto de Acto Legislativo 05 de 2017 Senado, 017 de 2017 Cámara, por el cual se crean 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes en los períodos 2022-2026 y 2026-2030, lo cual a todas luces arrogarse de funciones legislativas como lo explicaron los magistrados que salvaron voto en la decisión.

La Corte, en la decisión mayoritaria, concluyó que le asiste razón a la tutela solicitada, en el entendido de que el informe de conciliación fue aprobado por la plenaria del Senado de la República con las mayorías exigidas, pues debían descontarse las curules no susceptibles de ser reemplazadas, dando como mayoría absoluta cualquier número igual o superior a 50 votos afirmativos, que fueron efectivamente los que se obtuvieron como consecuencia de la votación.

La Corte también aclaró que la negativa de la Mesa Directiva del Senado desconoció el Acuerdo Final y su cumplimiento de buena fe, los derechos de las víctimas a la reparación integral, a la igualdad y a la participación política, por tales desconocimientos adoptó una orden extraordinaria y estructural consistente en disponer que las curules apliquen para los períodos constitucionales 2022-2026 y 2026-2030.

El salvamento de voto se concentran en argumentar, entre otros aspectos, que la Sentencia ordena una modificación sustantiva del proyecto de acto legislativo que desborda las competencias de la Corte Constitucional, y la hace intervenir en el proceso de creación de una reforma constitucional que es objeto de su control automático; además de que el senador Roy Barreras no estaba legitimado para interponer la acción de tutela en calidad de agente oficioso, porque no acreditó el cumplimiento de los requisitos para que un tercero pueda agenciar la protección de derechos fundamentales de las víctimas y sujetos de especial protección, de acuerdo con la jurisprudencia.

Una vez notificada la decisión de la Corte, el 26 de mayo el gobierno interpuso un incidente de nulidad contra la sentencia, por vulneración al debido proceso, al impedir el efectivo ejercicio del derecho de defensa de todos y cada uno de los interesados y posibles afectados con la decisión.

Sin embargo, el 9 de junio a través del consejero Emilio Archila, el gobierno comunicó que había decidido retirar la solicitud de nulidad. Actitud que se me ocurre relacionar con la presencia actual en Colombia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Así las cosas, ya lo que sigue es que se cumpla la ley y convocar a elecciones para elegir a los 16 representantes a la Cámara en los municipios PDET con unos requisitos y procedimientos especiales que deben ser cumplidos.

Siguiendo con polarización en la que está sumida el país, unos están de acuerdo y otros no comparten la decisión de la Corte para otorgarle esas 16 curules a las víctimas del conflicto.

En lo personal, si estoy de acuerdo con otorgar esas curules a las víctimas del conflicto, porque a nadie le duelen más los problemas que la misma persona que los haya vivido. Y unas de esas son las víctimas.

Ahora bien. Contrario al criterio generalizado de que se debe reducir el tamaño del Congreso, más bien creo que se debe aumentar su tamaño, para darle mayor representación a las minorías que existen en el país, las que nunca han tenido una representación política para que defiendan sus derechos, las minorías que no son escuchadas desde las regiones apartadas del país.

Para que esas minorías se apropien de la solución de sus problemas de manera directa en el Congreso.

Las únicas minorías que existen en Colombia no son las que reconoció la Constitución Política para que tuvieran representación: comunidades indígenas, raizales, afrodescendientes y residentes en el exterior, que de todas maneras tienen una representación muy inferior a la que debería ser reconocida, si es que de verdad nos llamamos un país incluyente”.

Hay otras minorías de las que nadie se acuerda, excepto que sea en épocas electorales, pero es para que voten por las mayorías.

¿Quién defiende los derechos de las minorías palenqueras, ROM, LGBTI y religiosas que no están en el Congreso? ¿O es que esas minorías no tienen derechos?

Es que hasta los estudiantes universitarios deberían tener una representación en el Congreso, así como los sindicatos de trabajadores, los campesinos, las juntas de acción comunal.

Para que vayan al Congreso y entre todos ayuden a construir el país que se necesita. Un país en el que podamos caber todos sin necesidad de estarnos matando sino discutiendo las ideas, expresando las opiniones.

En fin, en el Congreso debería estar representada toda la composición social del país.

¿Hay algún colombiano que quiera algo distinto?

Por eso no estoy de acuerdo con los que se oponen a las 16 curules para las víctimas, y han propuesto que se debe reducir el Congreso con la excusa del costo fiscal.

Por qué no se evalúa el costo fiscal de la burocracia que se está creando para la Defensoría del Pueblo: ¿un defensor para cada municipio del país? y entonces qué hacen los Personeros?

¿Por qué no se evalúa el costo fiscal de los 500 cargos que se van a crear en la Procuraduría asumiendo funciones jurisdiccionales? ¿Acaso no se podía resolver esa función con los jueces administrativos?

¿Dónde están los resultados de los magistrados de las altas cortes comparados con los privilegios que tienen para cumplir sus funciones?

¿Y el costo fiscal de la burocracia que han creado en la Contraloría General de la República?

Lo que se necesita es que haya menos privilegios y más justicia, que haya menos privilegios y más legislativo discutiendo y resolviendo los problemas del país, que haya menos privilegios y más resultados de los órganos de control.

¿Cuál es el problema del costo fiscal de las 16 curules para las víctimas?

¡No sean descarados!

Luís Alonso Colmenares Rodríguez 

#LaOpinionDeColmenares

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