Antes de hablar acerca de este título, que pertenece a un escrito de del jurista Norberto Bobbio, quiero hacer una reflexión personal de la doble militancia en partidos políticos en nuestro país, aclarando que no encuentro mucha literatura sobre la misma en otros países.
La doble militancia nace en Colombia, con el fin de que los diferentes actores políticos evitaran el transfuguismo político, prohibiendo la pertenencia a dos organizaciones políticas al mismo tiempo para salvaguardar la confianza que ha llevado a los electores a apoyar y votar por la filosofía de alguno de los grupos políticos.
Con el transfuguismo partidista comenzó un nuevo declive democrático en el espectro político a nivel nacional, regional y local dado que el constante cambio de colectividad política atenta contra la confianza que los electores han depositado en las diferentes propuestas y proyectos enmarcados en las ideologías o doctrinas representadas por cada una de estas colectividades políticas apoyadas. Por otro lado, esta deslealtad ideológica frente a los electores al cambiar de grupo político deriva en una priorización de intereses individuales, que efectivamente van en detrimento de la democracia que sustenta el sistema electoral colombiano.
Esto tan bonito en la práctica no es real, yo pregunto cuántos candidatos en cualquier aspiración a un cargo de elección popular, conocen las filosofías de los partidos y si se identifican con ellas, soy un convencido que la mayoría no; yo que vengo de una familia conservadora y entré al mundo de la política nunca pude aspirar por el partido con el que me identificado siempre porque a algún dirigente no le gustaba mi nombre y ese era un requisito para poder tener aval, ser amigo de los caciques electorales de la región, entonces cuando se tiene el fervor del ciudadano y no tiene partido o no tiene recurso para la recolección de firmas, se tiene que mendigar un aval así no le guste el partido porque de lo contrario no puede aspirar. Por otro lado, también pasa que la elección se trata de sumar y es muy difícil decirle a alguien que quiere votar por ti que no lo hagas porque eres de otro partido o mi partido también tiene candidato por lo tanto no puedes acompañarme. Pero bueno la ley es la ley y tenemos que respetarla.
Ahora sí hablo del título de ese escrito que tiene varias décadas de haberse publicado y lo contrasto a lo que acontece en nuestro departamento con la pérdida de la credencial de nuestro gobernador, que en la mayoría de la opinión de los guajiros y los hechos lo demuestran, había recobrado la legitimidad en la institucionalidad, generando confianza en el nivel central para garantizar las inversiones que el departamento necesita.
Por lo anterior nace nuevamente la incertidumbre del pensamiento político «¿Qué gobierno es el mejor, el de las leyes o el de los hombres? Indiscutiblemente yo me matriculo en la tesis de Platón en favor de la primacía del gobierno de las leyes sobre el gobierno del hombre: he llamado aquí́ servidores de las leyes a aquellos que generalmente se llaman gobernantes, no porque sea amante de nuevas denominaciones, sino porque considero que de esta cualidad depende sobre todo la salvación o la ruina de la ciudad. En efecto, allá́ donde la ley está sometida a los gobernantes y carece de autoridad, veo pronto la ruina de la ciudad; y donde, por el contrario, la ley es señora de los gobernantes y los gobernantes son sus esclavos, veo la salvación de la ciudad y la acumulación sobre ella de todos los bienes que los dioses suelen prodigar a las ciudades. (Leyes, 715 d.)
Sé que no es fácil de digerir porque hoy se esta viviendo una democracia emotiva y se quiere convencer al elector con la emoción como vínculo, motivando a la opinión pública a responder más ante un estímulo que ante la razón de los hechos. Pero esta estrategia se cae por si sola porque Aristóteles también defendió el gobierno de las leyes y señaló que: ¿es más útil ser gobernados por el mejor de los hombres o por las mejores leyes? Aquellos que sostienen el poder real afirman que las leyes pueden dar sólo prescripciones generales, pero no prevén los casos que se presentan sucesivamente, por lo que, en cualquier arte, sería ingenuo guiarse según normas escritas… Sin embargo, también a los gobernantes les es necesaria la ley que da prescripciones universales, porque es mejor el elemento al que no es posible quedar sometido por las pasiones, que aquel para el que las pasiones son connaturales. Ahora bien, la ley no tiene pasiones, que, por el contrario, se encuentran necesariamente en toda alma humana. (Política, 1286 a.)
Finalmente, creo que los controles pre-electorales deben ser más rigurosos y efectivos, se debe legislar sobre esto iniciando en los partidos, los pronunciamientos, por ejemplo, en la revocatoria de una inscripción que haga el Consejo Nacional Electoral, deben tener valor con cosa juzgada o que intervenga la justicia administrativa, a través de los jueces administrativos, tribunal administrativo o Consejo de Estado, antes de la elección para evitar estos traumas con las declaratorias de cancelaciones de credenciales, sumado al viacrucis que se presenta para conseguir un aval, que resultaría un desacierto si no se valoran las inhabilidades, incompatibilidades o la doble militancia.
Misael Arturo Velásquez Granadillo