MEDIDA CAUTELAR Y DAÑO IRREMEDIABLE UN SOFISMA DE DISTRACCIÓN

En Colombia, al igual que en otros países, el sistema legal contempla medidas cautelares para proteger los derechos e intereses de personas o entidades durante un proceso judicial. Estas medidas tienen como objetivo prevenir posibles daños o perjuicios que puedan ocurrir antes de que se emita una sentencia definitiva.

Las medidas cautelares son temporales, adoptadas por un juez o una autoridad competente para proteger los derechos o propiedades de una persona mientras se lleva a cabo un proceso judicial. Generalmente, se otorgan con base en la presunción del posible daño o perjuicio que podría causarse, si no se toman medidas preventivas. Su propósito es garantizar que la sentencia final del tribunal sea efectiva y que se minimicen los posibles daños o perjuicios.

Es increíble que nuestra justicia colombiana, arrancando en primera instancia con jueces de tutela y magistrados, sean capaces de negar medidas cautelares, acogiendo el fallo de primera, como de ellos, cuando lo que se intenta en el tiempo es evitar un daño irremediable, mientras los paquidermos órganos de justicia, como el tribunal contencioso administrativo, demora hasta una década para decidir, si el condenado puede ser absuelto o no.

Cuando existen tantas evidencias a favor del implicado, como violación al debido proceso y su derecho constitucional de ser escuchado y valorado, con el simple hecho probado, que le violentaron su derecho a ser notificado, sería ante una justicia equitativa, más que suficiente la medida cautelar, para suspender lo acontecido, mientras que en medio de su sabiduría los órganos competentes resuelvan bajo el razonamiento de la ley colombiana, sin prebendas si somos culpables o inocentes.

La idea, el espíritu de la norma es clara, la medida cautelar, lo que trata de evitar, es que se configure y se materialice un daño irremediable, de ahí lo importante de una acción de tutela, que jueces y magistrados para no comprometerse violan, sobrecargando los tribunales y las altas cortes. Como sucedió en mi caso particular.

La medida cautelar, solo suspende la sanción mientras se define en instancias superiores lo sentenciado y apelado.

Diferente a como obran algunos jueces, magistrados y fiscales en la Guajira, cuando de un plumazo, sin miramientos y con argumentos sacados de una lógica jurídica que ellos se inventan, te someten al escarnio público, además a tener que esperar años, mientras si eres exonerado, con dinero pretenden resarcir el daño hecho, ya convertido en un daño irreparable.

Esa es nuestra justicia, deshonrosa, donde algunos jueces, con toga encima, dicen ser equitativos y justos al impartir justicia, cuando se prestaron para hacer daño, desestimando y arrogantes como si fueran dioses del Olimpo.

Por más que el delincuente, quiera borrar sus pasos, la justicia de Dios es divina, y los impíos serán ajusticiados.

Amanecerá y veremos.

 

Pedro Arteta Bonivento

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