ES HORA DE INTERVENIR

La propuesta de intervención internacional liderada por la Organización Internacional de las Naciones Unidas en Venezuela, es urgente, legítima y legal.

El 16 de septiembre de 2005, durante la Cumbre Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 60/1, un documento que refleja los compromisos asumidos por los Estados miembros para fortalecer la cooperación internacional frente a diversos desafíos globales y donde se estableció el ‘Principio de la Responsabilidad de Proteger’, que reafirma la obligación de los Estados de salvaguardar los derechos humanos de su población y redefine el concepto de soberanía al asociarlo con esta responsabilidad. Este principio surge como respuesta a los fracasos de la comunidad internacional para prevenir atrocidades masivas como el genocidio en Ruanda (1994) y la masacre de Srebrenica (1995) durante el conflicto de los Balcanes, hechos que impulsaron la adopción del Estatuto de Roma (1998). La Resolución 60/1 establece la posibilidad de que, en escenarios de violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos, la comunidad internacional pueda intervenir coercitivamente cuando los medios diplomáticos y humanitarios hayan fracasado en persuadir a un Estado de proteger a su población.

Desde el informe presentado en 2016, por el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, en el que se solicitó la activación de la Carta Democrática Interamericana frente a Venezuela, la comunidad internacional ha documentado graves violaciones a los derechos humanos atribuidas al régimen de Nicolás Maduro. Estas incluyen una política sistemática de represión para sofocar la oposición y perpetuarse en el poder.

En diciembre de 2021, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) inició una investigación contra líderes del régimen venezolano por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la represión de las protestas de 2017, que dejaron más de 100 muertos. En marzo de 2024, la Sala de Apelaciones de la CPI confirmó la investigación al rechazar una solicitud de anulación presentada por el gobierno venezolano.

En septiembre de 2024, la Cámara Federal de la Ciudad de Buenos Aires, aplicando el principio de jurisdicción universal, emitió órdenes de captura contra Nicolás Maduro, Diosdado Cabello y otros altos funcionarios chavistas, señalándolos como responsables de un “plan sistemático” de torturas, secuestros y ejecuciones.

El 7 de enero de 2025, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el informe ‘Venezuela: graves violaciones a los derechos humanos en el contexto electoral’. Este detalla las tres etapas de una estrategia represiva diseñada para: 1) Obstaculizar la participación política de la oposición; 2) Impedir el desarrollo de elecciones libres, justas y competitivas; y, 3) Infundir terror en la ciudadanía.

Entre los crímenes registrados en la ‘Operación Tun Tun’ se incluyen al menos 25 muertes, más de 2.000 detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas, allanamientos sin orden judicial y violencia sistemática contra manifestantes. La CIDH concluyó que la reelección de Nicolás Maduro carece de legitimidad democrática. La ONG Foro Penal ha contabilizado 1.877 presos políticos desde el 28 de julio de 2024, 23 asesinatos (1 menor de edad, 14 entre 18 y 30 años) y 27 desaparecidos.

Además, la CIDH instó a la comunidad internacional a reconocer la gravedad de la crisis de derechos humanos en Venezuela, mantenerse alerta ante nuevas escaladas represivas y utilizar todos los canales diplomáticos e institucionales disponibles para promover el retorno de la democracia.

Ante la profundización de la crisis humanitaria, política y de derechos humanos en Venezuela, y tras el fracaso de la diplomacia y las sanciones económicas, resulta jurídicamente correcto y moralmente exigible que la comunidad internacional adopte medidas coercitivas necesarias para desmantelar el régimen y facilitar el retorno de la democracia al país.

Paola Holguín

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