LA SINIESTRALIDAD LABORAL EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

En nuestro país, le corresponde al Observatorio de la Seguridad y Salud en el Trabajo, del Consejo Colombiano de Seguridad, entregar las cifras sobre accidentes de trabajo, enfermedades laborales y muertes con causas asociadas al trabajo, particularmente, en lo correspondiente al sector económico de la construcción. Las causas más comunes de accidentes en la construcción son condiciones laborales inseguras, trabajadores de la construcción sin experiencia, trabajadores de la construcción no capacitados y equipo para la construcción defectuoso. Igualmente, la imprudencia de los trabajadores y la falta de implementación de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, lo mismo que, los planes de manejo de tránsito y señalización con barreras que impidan el acceso a las obras que se ejecutan y requieren aislamientos del entorno.

Para tener una idea de las estadísticas, durante el año 2020 se presentaron un total de 57 muertes de trabajadores en Colombia en el sector de la construcción, con una tasa de 6,4 muertes por cada 100.000 trabajadores, superando la tasa nacional que fue de 4,5 muertes por cada 100.000 trabajadores. Analizando el total de muertes se infiere que cada 6,4 días se presentó la muerte de un trabajador. De igual manera, durante diciembre se presentó la tasa de mortalidad mensual más alta del año 2020, con 0,9 muertes por cada 100.000 trabajadores. Finalmente, en cuanto a la mortalidad laboral durante los dos primeros meses del año 2021 se han presentado 8 muertes de trabajadores, con una tasa mensual de 0,4 muertes por cada 100.000 trabajadores, igual a la tasa presentada en el año 2020 para los mismos meses.

Lo anterior demuestra que los trabajadores de la construcción están expuestos a riesgos inminentes que ponen en peligro su vida y que es mejor prepararse para algo que tal vez nunca ocurra, antes de que ocurra algo para lo cual no se han tomado las precauciones con medidas preventivas que debe asumir con mayor rigurosidad el patrono que tiene personal a su cargo. Lamentablemente en el municipio de San Juan del Cesar, en accidente de trabajo ocurrido el día 18 de enero del 2023, perdió la vida el obrero que respondía al nombre de ELIECER EDILMER DAZA CUELLO en las excavaciones que se ejecutan en el corregimiento de Corral de Piedras, en desarrollo del contrato de la Construcción del alcantarillado sanitario de los Corregimientos de Guayacanal, Corral de Piedras y Zambrano. Este hecho fue motivo de consternación municipal y solidaridad general, ante una fatalidad que enlutó a una apreciada familia y que es materia de investigación por las autoridades competentes para establecer responsabilidades sobre el particular.

Indudablemente que fatalidades como esta afectan notablemente a la familia del obrero, al contratista de la obra, al resto de trabajadores, al contratante, a la interventoría del proyecto, como a la comunidad en general, quienes ven afectado un núcleo familiar y la obra que se ha venido desarrollando con características de éxito. Pero también es incuestionable que es un accidente laboral del que nadie está exento y que no se puede juzgar a priori estos desenlaces fatales. Ante los hechos, la administración municipal de San Juan del Cesar, en cumplimiento de su responsabilidad misional como entidad contratante, le estará haciendo un llamado a juicio tanto al contratista como a la interventoría mediante la apertura de un proceso administrativo sancionatorio, para que respondan por sus obligaciones contractuales en audiencia.

Desde la Secretaría de Planeación se emitió un informe por el presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales del contratista y la interventoría, por considerar que el contratista fue negligente para prevenir el accidente laboral ocurrido, viene incumpliendo con las normas, prácticas y recomendaciones seguras para trabajos que requieran excavaciones superiores a 1.5 metros y promovió una deficiente cultura de seguridad en la obra y no tomó las precauciones durante la actividad de excavación, ni mantuvo demarcada y señalizada el área de trabajo. Esto evidencia la seguridad jurídica de un municipio que hoy, se alza con dos premios de alta gerencia y ocupa el primer puesto en el índice de desempeño institucional en La Guajira, por cumplir con sus responsabilidades administrativas.

El contratista y la interventoría contarán con todas las garantías del debido proceso y el derecho a la defensa, en el estado social de derecho que promueve la constitución y la ley, y se harán acreedores a las sanciones correspondientes o a la absolución, si fuere el caso.

Rafael Humberto Frías

DESCARGAR COLUMNA

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
💬 ¿ Necesitas ayuda?
Hola 👋 ¿En qué podemos ayudarte?