Mientras esperamos el pronunciamiento de la Sala Plena de la Corte Suprema en relación con el régimen bajo el cual deberá desarrollarse el proceso que se adelanta contra el expresidente Uribe por la presunta manipulación de testigos (los testigos que manipularon otros), viene la Sala Civil de la misma Corte y nos sorprende con un fallo de tutela que inexplicablemente humilla a la Fuerza Pública.
Aunque es pertinente comenzar advirtiendo que creo en la protesta pacífica como un instrumento legítimo de expresión popular, no dejan de preocuparme este tipo de decisiones que por mucho que pretendan salvaguardar derechos fundamentales terminan manchándose al pasarse por el papayo los límites propios de sus funciones. Es inaudito que la Sala Civil, haciendo referencia a varios casos en los cuales aún no se determinan responsabilidades como consecuencia de un riguroso análisis de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se dieron determinados hechos, establezca que hay una violación sistemática del derecho a la protesta por parte de la Fuerza Pública. Semejante afirmación, considerando que casos como el del joven Dilan Cruz están en medio de un proceso y no han tenido un desenlace, evidencia una ligereza del alto tribunal. Prácticamente se condena a priori a la Fuerza Pública, y específicamente al ESMAD, por hechos que exigen mayor rigurosidad analítica. Afirmar, además, que se hace un uso inadecuado de la Policía para “justificar detenciones ilegales”, es sentenciar que alguien (quizá se refieren al Gobierno) tiene el propósito de detener ilegalmente a las personas y utiliza a la institución para justificarlo. ¿Cómo hicieron para deducir que hay alguien que tiene el objetivo de hacer detenciones ilegales? ¡Buah!
Como si no fuera suficiente, se atreven a afirmar que el gobierno promueve estereotipos en redes sociales para estigmatizar la protesta. Una afirmación que contrasta con la verdad. No ha habido un solo gesto del gobierno despreciando el derecho a protestar pacíficamente. Lo que sí se rechaza —y así debe ser— es el vandalismo. Un rechazo que no puede ser estigmatizado a través de razonamientos confusos que parecieran apoyar cualquier forma de protesta; lo que logra la Corte con este fallo: estigmatiza el desprecio al vandalismo y estigmatiza a la Fuerza Pública.
No está bien que un fallo de tutela exija a un Ministro ofrecer disculpas por hechos que son objeto de procesos inacabados. No está bien que un fallo de tutela se inmiscuya en esferas que no le corresponden prohibiéndole al ESMAD el uso de algún tipo de escopeta. No está bien que un fallo de tutela le ordene al Gobierno Nacional la expedición de un Acto Administrativo para que sus funcionarios mantengan la neutralidad frente a las protestas, partiendo de la falsa ausencia de dicha neutralidad. Y tampoco está bien que un fallo de tutela asegure que los operativos de la Fuerza Pública “se deben enfocar en restablecer el orden, no en privar de la vida a los ciudadanos o agredir injustificadamente”, como si fuera eso lo que está sucediendo en Colombia.
El enfoque de este fallo de tutela no refleja el espíritu inherente a un instrumento llamado a garantizar derechos fundamentales; mucho menos, cuando se basa en la usurpación de funciones propias de las ramas ejecutiva y legislativa, y en afirmaciones calumniosas que afectan la majestad y el prestigio de nuestra institucionalidad. Nadie niega que hay abusos por parte de miembros de la Fuerza Pública, que tales abusos se han presentado en el marco de protestas, y que es indispensable corregir y mejorar hasta lograr su proscripción, pero de ahí a hacer aseveraciones sin rigor a partir de las cuales se estigmatiza la acción legítima de quien tiene la difícil tarea de protegernos como sociedad, hay diez océanos de distancia. La Corte se vuelve a equivocar y la cosa se está convirtiendo en manía. Ojalá presten más atención a magistrados como Álvaro García y Luis Alfonso Rico, que al salvar sus votos dieron cátedra de Derecho Constitucional y dejaron plasmados los fundamentos por los que —sin lugar a duda— la Corte Constitucional, en caso de revisarla, terminará enviándola a la lona.
Es cierto, cualquier protesta —por pacífica que sea— es susceptible de ser infiltrada por delincuentes independientemente de que apoyen o no las razones que la motivan. Es ahí en donde el rol de la Fuerza Pública resulta fundamental. Es ella, la Fuerza Pública, la encargada de evitar la concurrencia de hechos que afecten la armonía, ayudando así a conservar la legitimidad de este tipo de manifestación popular; es ella, la Fuerza Pública, quien debería ser considerada como la mejor aliada de quien protesta legítimamente; y es ella, la Fuerza Pública, la que debe contar con todas las herramientas que le permitan ejercer la difícil función de garantizarnos el orden público.
En Colombia, desde el punto de vista de la legitimidad, la expresión ‘protesta pacífica’ debe ser redundante. Si no es pacífica no es protesta. Igual que con la Corte Suprema: si sus decisiones no son supremas, no merece ser percibida y respetada como Corte.
Miller Soto