DE NADA SIRVE DECRETO NACIONAL QUE PROHÍBE EXPORTACIÓN DE CARBÓN A ISRAEL

El presidente Gustavo Petro, expidió el decreto 1047 del 14 de agosto, 2024, en el cual prohíbe, las exportaciones de Carbón, destinada al Estado de Israel. Las dos principales concesiones, de operadores, en explotación y comercialización del mineral, corresponde a sociedades, Carbones del Cerrejón y Drummond; dueñas del Carbón de Colombia, con derecho, para manejar el negocios de  ventas, a su antojo, sin limitaciones, ni  obligación, de pedir permiso, porque disponen, de facultades y atribuciones plenas, para comercializar el Carbón, con naciones  interesadas, sin impedimentos, para  formalizar ofertas privada comercial, sujeto a término de  duración, sanciones  y penalidades; entre otros, amparados, con garantías, seguros, bancarias o prendarias.

El Carbón que despachan de las minas de La Guajira y el Cesar, en nada afecta la exportación del producto, con destino a la nación asiática, porque Colombia, al concesionar de forma total, extracción y comercialización de Carbón,  únicamente está sujetado, al pago de regalías, sobre las cuales, descontaban, a territorios mineros, costos de producción, supuestamente en boca de mina, pero también le clavaban, transportes y servicio portuarios; globalizando los gastos operativos deducidos de regalías en 30 dólares por toneladas.

Los ingresos deducidos de los pagos de regalías constituyen ganancias para los operadores, que deben ser declaradas, pagando el impuesto de renta. Lo inconcebible ha sido transformar las regalías en anticipo de pago del citado impuesto, deducible de las rentas, que obtienen de las operaciones, diferentes e independiente, de las ganancias, que origina la comercialización del mineral en exterior.

Por obra de un reelegido expresidente, avalado por reciente, sentencia de la Corte Constitucional, le regalan el Carbón, a operadores mineros, retribuirle con impuestos de rentas, cuando la nación tiene derecho a regalías por la extracción del producto, en el territorio, independiente del impuesto nacional de rentas, que se causen por ganancias operativas.

Colombia, no es dueña del Carbón de Cerrejón, ni de la Drummond, ni siquiera socia, para participar e incidir, en el negocio comercial concesionados, debido a la contratación adjudicadas, cuyos términos vencen durante la década de los años 30. En síntesis y conclusión, con los derechos de regalías territoriales en Colombia, financia los gastos de operación de explotación minera y a la vez, compensa abonos deducibles, por concepto de anticipo del pago de rentas, sobre ingresos líquidos del operador, sobrado de ganancias por punta y punta, exonerado del pagos por impuestos, del IVA a importaciones, combustibles, vehículos de carga, a La Guajira y pago de remesas por transferencias financieras

Para hacer efectiva, la prohibición de venta de Carbón a Israel primero tendría el presidente, que revocar las concesiones de los operadores mineros, revindicando derechos autónomos, en favor de la nación. De lo contrario, se incurriría en hechos graves, de consecuencias futuras fatales, previsibles e injustificable, por violación de acuerdos y tratados internacionales, demandables, de manera caprichosa, radicales y temerarias. ¿Valdrá la pena lanzarse al vacío, provocando el levantamiento de tormentas, en comentarios y opiniones, que inhibe desarrollo y progreso, generando pérdidas de tiempos y desgastes, para el gobierno?

Aun cuando el objeto de la prohibición radica en ventas, el referenciado decreto, hace alusión a exportaciones, limitando despacho de transporte marítimo, de Colombia, con destino directo a Israel. Como no se ha incluido las ventas en el decreto, puede operar en tercerización, de cargue y descargue, en tránsito y reexportación, manejadas por empresas naviera, recibiendo el Estado de Israel, de manera indirecta, Carbón remitido desde Colombia. El gobierno del presidente Gustavo Petro, no tendría como controlar, las vigencias del decreto prohibitivos, porque ni siquiera tienen injerencias, para prácticas de auditorías, que permita suministrar información, relacionadas, volumen de extracción, comercialización, valor de ventas en dólares, lugares de destinos y registro de comercializadores, liquidación de regalías etc.

El citado decreto a alarmado y generado algarabía a los corruptos, beneficiados de las regalías, quienes emprenden a despotricar contra el presidente, atribuyendo que perjudicaría a La Guajira y el departamento del Cesar. En La Guajira, no creo que afecte en más, de lo que ha sido perjudicada, por aquellos, que en otros hechos negativos con La Guajira, guardando silencio hipócritas, sin representantes, que hayan liderado defenderla, utilizando transferencias de regalías, para enriquecimientos ilícitos, de mandatarios, en todos los órdenes descendiente (nacional, departamental y local) legisladores, diputados y concejales.

 A La Guajira, le daría igual, que vendan y despachen o no carbón, a Israel. ¿De que tanto han servido la cantidad de regalías recibidas en La Guajira? ¿Dónde estaría el beneficio? En cuentas y bolsillos, de quienes gobiernan y otros restantes, comprometidas en pagos de créditos. Las regalías han servido para incrementar endeudamientos, a la nación, departamentos y municipios mineros. De igual forma, para apropiárselas, a título de robo, sin escrúpulos, en oportunidades ligadas con mandatos y poder.

Las acciones horribles y desastrosas, del ejército de Israel, contra la humanidad palestina, es totalmente repudiables. ¿Cuántas personas deben masacrar o asesinar, para saciar la sed venganza? El mundo rechaza con vehemencias, el genocidio de holocausto y crimines, que azota y golpea, la Franjas de Gazas, en asentamientos palestino, acosados y maltratados, a manera de castigo. Estos hechos brutales, dan para muchas cosas, pero no sobra reflexionar y enfriar la cabeza, para analizar y repensar, un lanzamiento, a un propósito específico o una aventura, consultando y recibiendo, asesorías informativas que empaticen y conjuguen, con lo que se persiguen, para no vagar en el vacío y terminar estrellado.

Los convenios y tratados internacionales son de obligatorio cumplimiento, amparado en disposiciones legales, a término estipulado. No todos los israelíes, comulgan con la guerra desatadas por el gobierno. Es pertinente no romper de tajo, unas relaciones de servicios y comercios internacional con Israel. De no cumplirse o limitarlos, conllevaría demandas, de altas cuantías, que vienen desangrando a la nación, con pagos billonarios, sin repetir contra los servidores públicos responsables, que deben ser condenado a pagarle a la nación, lo que ella pagó por causas, de corrupción y responsabilidad, en operaciones y fallas, en las prestaciones de servicios público. Colombia firmó tratado de libre comercio (TLC) con Israel, con quien no tiene conflictos bélicos, aún está vigente y debe cumplir con el objeto comercial contratados, no obstante estar en desacuerdos con arremetidas horrorosas y brutales, contra seres humanos palestinos.

 

Martín Barros Choles

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