LA T-302, UN ANTES Y UN DESPUÉS

Imposible encontrar una tragedia más impactante y dolorosa como la que conminó en febrero de 2015 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a solicitar medidas cautelares para proteger la vida de los infantes Wayuú, moradores en las comunidades de Riohacha, Maicao, Uribía y Manaure. Tal situación oprobiosa y tormentosa estuvo motivada por los riesgos a que se encuentra sometida la etnia, fundamentalmente los chiquillos, debido a las enormes dificultades por el acceso al agua y el estado de desnutrición, traducido hasta esa fecha en la muerte por “física hambre” de 4.770 niños de la etnia. Inconcebible tal situación en un pais como el nuestro y en pleno siglo XXI. Desde entonces y hasta la fecha se habla de otros 350 críos fallecidos. Ambas cifras son escandalosas y escalofriantes, y probablemente son aún mayores, dado el subregistro de niños muertos, ya que un sinnúmero de esas defunciones, no son reportadas por las estadísticas. Tales contrariedades se han visto agravadas por el Cambio Climático, el cierre fronterizo y obviamente por la comodidad e indolencia de los distintos entes: nacionales, regionales y territoriales.

Las antedichas medidas cautelares determinaron que el ciudadano Elson Rafael Rodríguez interpusiera una tutela que, ante la vulneración generalizada, injustificada y desproporcionada de los derechos fundamentales al agua, a la alimentación, a la seguridad alimentaria y a la salud de las niñas y niños del pueblo Wayuú culminó con la tristemente célebre Sentencia T-302 proferida por la Corte Constitucional en mayo de 2017.

La historia, los sucesos y la manera como ha sido asumida, acatada y ejecutada la mencionada decisión del máximo organismo constitucional, según el seguimiento y evaluación realizados es una historia que de acuerdo con el interés de tirios y troyanos se divide en dos: un antes y un después.

El acatamiento de la Sentencia por los dos gobiernos anteriores, sobretodo el gobierno Duque, al que le correspondió el 72% del tiempo transcurrido desde la emisión de la misma, se ha caracterizado por el desconocimiento de las realidades culturales de la etnia, la displicencia en cuanto atañe a la autodeterminación, inobservancia de usos y costumbres, la no  implementación de consultas previas han sido comportamientos recurrentes por parte de los funcionarios responsables de la restauración de derechos fundamentales vulnerados a la comunidad Wayuu. Otra de sus grandes falencias ha sido el trasegar institucional caótico, desarticulado, aislado, que se ha traducido en ineficiencia, duplicación de esfuerzos y obviamente en dilapidación de recursos.

En algunos programas como el sugestivamente denominado Guajira Azul, diseñado para resolver coberturas, calidad y continuidad del agua en los municipios accionados, se han generado más problemas de los que se han resuelto. Entre los diversos problemas propiciados, señalaremos: riesgo de agotamiento de los acuíferos, se mantienen latentes los inconvenientes de las largas distancias entre las comunidades indígenas, conflictos entre distintas comunidades por el usufructo de las pocas pilas construidas a la fecha, problemas de operatividad y de cubrimiento de costos de las tarifas; no se tuvieron en cuenta otras opciones para el suministro del agua. Inclusive se han dado lugar por parte de la Contraloría Nacional a hallazgos administrativos con presunta incidencia disciplinaria, hallazgos con incidencia fiscal y dos indagaciones preliminares. Igualmente se han determinado falencias en la supervisión, y seguimiento de los contratos de consultoría, inconsistencias administrativas, presupuestales y financieras. Debilidades en la planeación, deterioro prematuro de las obras, algunas no cumplen con el objeto, se presentan retrasos y suspensiones injustificadas y reiteradas, en varios proyectos.

Deplorable infraestructura en las instalaciones educativas. La seguridad alimentaria está lejos de cumplirse. No se plasman las raciones. Se evidencia una notable falla estructural en cuanto a la garantía de un suministro permanente y estable. No se implementan proyectos productivos para garantizar la soberanía alimentaria. No funciona el PAE con la calidad, universalidad ni la pertinencia requeridas. Las raciones no atienden el enfoque diferencial. Las UCAS no funcionan cabalmente. Estos proyectos se han convertido en una Bolsa de Negocios para particulares, y en ese entramado mercantil los niños Wayuu son las víctimas propiciatorias. No se implementan proyectos productivos para garantizar la soberanía alimentaria.

Los preocupantes indicadores en mortalidad infantil por causas asociadas a la desnutrición, al día de hoy, son 9 veces mayores a la media nacional. La desnutrición infantil aguda es 4 veces por encima de la media nacional, cifras ratificadas por el Viceministro de Salud y Protección Social en la sesión de la Comisión Séptima realizada en la ciudad de Riohacha.

El dialogo y la concertación han brillado por su ausencia durante los periodos presidenciales   trascurridos entre mayo de 2017 y agosto del 2022, el desconocimiento del autogobierno. La imposición de programas gubernamentales soslayando costumbres e instituciones económicas del pueblo Wayuu se trascribe en una afectación cultural violatoria de derechos constitucionalmente reconocidos, y es a su vez una de las causas de la inefectividad de las esporádicas, poco significativas acciones gubernamentales destinadas a garantizar derechos de los niños. La carencia de infraestructura básica y la poca presencia estatal en la Alta Guajira dificultan aún más el cumplimiento de la garantía de esos derechos fundamentales violados.

A la fecha van 4 desacatos a la Sentencia y persisten otros inconvenientes serios como la ausencia de un registro poblacional consistente y homogéneo, cada institución se ciñe por un censo diferente.

Indudablemente la atención dada a la Sentencia por el nuevo gobierno difiere sustancialmente, tal afirmación encuentra asidero en la primera visita de Gustavo Petro, a escasos 35 de su posesión, a la comunidad de Pentsagua en el municipio de Uribía, allí fue a escuchar atentamente y ante la presencia del pueblo Wayüu y las autoridades tradicionales y lideresas y líderes indígenas se obligó y comprometió a acatar el mandato constitucional de manera articulada e integralmente durante su periodo presidencial. Jamás, ninguno de los dos presidentes precedentes y cuyos periodos fueron abarcados por la vigencia de la Sentencia, se habían inmiscuido tan directamente en asunto tan triste y sensible.

A menos de dos meses de su exaltación presidencial, Petro se ha desplazado dos veces a La Guajira. Realizó un Consejo Extraordinario de Ministros en el departamento para trazar lineamientos encaminados a resolver tan delicado asunto, “Es un problema que nosotros tenemos que resolver con el presupuesto nacional. Hay que ponerle plata a la Sentencia “, afirmó tajantemente Petro. En este sentido resaltamos que, en la regionalización de la inversión, La Guajira, después de San Andrés tiene asignados en términos per cápita la segunda distribución de recursos, alrededor de $ 900 mil millones de pesos en sectores directa o indirectamente relacionados con la posibilidad de acatar la Sentencia. Esos recursos constituyen el 68% del total asignado en el PGN al departamento en inversión. Tiene la connotación de que donde esté de por medio un proyecto o programa relacionado con la Sentencia es prioritario. Sin menoscabo de otros recursos.

Petro asimismo “tiró linea” sobre la posibilidad de generar una nueva economía alrededor del cumplimiento de la Sentencia. En esa especie de “economía social del mercado”, el logro de la Soberanía Alimentaria es fundamental. El estado a través de compras a los productores locales está llamado a cumplir un rol primordial. Igualmente, Petro aludió, a lo que yo denominaría el logro de la Soberanía Energética Limpia, aprovechando y usando adecuadamente las potencialidades conque la naturaleza ha dotado al departamento en el sector fotovoltaico, que se convertiría en una fuente importante de generación de ingresos a las comunidades Wayuu que permitirá resolver otras afugías y mejorar su calidad de vida. Ecopetrol será clave en este punto.

El compromiso Presidencial fue rubricado por otra de las ramas del poder público: el Legislativo, al realizarse por primera vez en la Península, la sesión formal de la Comisión Séptima del Senado de la Republica en respuesta a una proposición de la senadora Martha Peralta. Dicha sesión fue dedicada exclusivamente al tratamiento de lo referente a la Sentencia T-302 y la persistencia del estado de cosas inconstitucional en los municipios accionados. Contó con la participación e intervención de los funcionarios del gobierno entrante quienes esbozaron estrategias que difieren esencialmente, no solo en el fondo sino en la forma como asumirán el acatamiento de la Sentencia, con respecto a los gobiernos anteriores.

Por instancias de la Corte Constitucional y de forma contundente, sin ambages, el gobierno Petro asumió por voluntad propia la decisión de elaborar un Plan Provisional, mientras se realizan ajustes para diseñar una estrategia definitiva a fin de resolver la compleja problemática subsistente secularmente en La Alta Guajira. Por supuesto que aquí también merecen un capítulo aparte las y los líderes de la etnia que, llevan por lo menos un lustro en esta lucha épica y jamás han desmayado en su proeza altruista.

José Luis Arredondo Mejía

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