En los últimos días, el fallo de la Corte Constitucional sobre la práctica del zero rating en los planes de telefonía móvil ha generado un intenso debate. Esta decisión, que prohíbe a los operadores ofrecer acceso gratuito y exclusivo a ciertas aplicaciones como WhatsApp o Facebook, busca, según la corte, proteger la neutralidad de la red, un principio que garantiza que todos los contenidos en internet sean tratados por igual. Sin embargo, el tema no es tan sencillo como parece, y su análisis no puede ser generalizado.
Como ciudadanos, necesitamos entender el fallo de manera clara y reflexionar sobre cómo abordarlo sin perjudicar a los usuarios, especialmente a los más vulnerables. Mi propuesta es simple: en lugar de implementar medidas generales que afectan a todos por igual, las restricciones deben aplicarse caso por caso, solo cuando se demuestre una distorsión en el mercado móvil o un abuso de la posición del mercado de un operador de ese servicio. En ese entendido, deben ser los organismos reguladores los llamados a aplicar las medidas del caso que deben ser proporcionales y temporales mientras se corrigen las fallas del mercado.
¿Qué dice el fallo de la Corte Constitucional?
La Corte, en su sentencia del 30 de mayo de 2025, declaró inconstitucional una parte del artículo 56 de la Ley 1450 de 2011, que permitía a los operadores de telefonía móvil ofrecer planes donde ciertas aplicaciones no consumen datos del usuario. Esta práctica, conocida como zero rating, fue cuestionada porque, según los demandantes, viola la neutralidad de la red.
¿Qué significa esto? Que los operadores no deben decidir qué aplicaciones o servicios tienen prioridad en internet, ya que todos los contenidos deben estar disponibles en igualdad de condiciones. La Corte dio un año a las empresas para ajustar sus planes, asegurando que cualquier beneficio de datos gratis se ofrezca de manera neutral, sin privilegiar aplicaciones específicas.
El fallo responde a una preocupación válida: cuando un operador decide qué aplicaciones son gratuitas, puede limitar la libertad de los usuarios para elegir qué consumir en internet. Por ejemplo, si WhatsApp no consume datos, pero una aplicación local de mensajería sí, los usuarios podrían verse empujados a usar solo WhatsApp, afectando la competencia y la diversidad de opciones.
Sin embargo, el zero rating también ha permitido que millones de colombianos, especialmente en zonas rurales o de bajos ingresos, accedan a aplicaciones esenciales sin gastar su saldo. Este es el dilema: ¿cómo protegemos la neutralidad sin sacrificar el acceso a internet de los más necesitados?
El problema de las soluciones generales:
El fallo de la Corte es un paso importante para defender los derechos digitales, pero plantea un desafío: no todas las prácticas de zero rating son abusivas ni restrictivas del mercado móvil. Por eso, creo que no podemos analizar este tema de manera general, aplicando una misma regla para todos los casos. Una medida que prohíbe el zero rating sin distinguir entre situaciones específicas puede tener consecuencias no deseadas, como encarecer el acceso a internet para quienes dependen de estos planes, que en Colombia representan el 76% de los usuarios móviles.
Estos temas no deben ser tratados en fallos judiciales. La constitución y la ley en nuestro país, ha creado organismos modernos que toman decisiones técnicas que son los llamados manifestarse. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), como ente regulador, debe evaluar si un operador está abusando del mercado al ofrecer ciertas aplicaciones gratis. Por ejemplo, si una empresa favorece a una red social en detrimento de otras para obtener beneficios económicos o limitar la competencia, entonces sí debe intervenirse. Pero si el zero rating se usa para facilitar el acceso a internet sin dañar el mercado, no debería prohibirse de manera automática. Una regulación inteligente debe medir el impacto real de cada práctica antes de restringirla.
Un llamado al diálogo
El fallo de la Corte Constitucional nos invita a reflexionar sobre cómo construir una internet más justa y accesible en Colombia. Pero las soluciones no pueden ser de talla única. Prohibir prácticas como el zero rating sin analizar cada caso puede generar más problemas que beneficios, especialmente para quienes dependen de estos planes para estar conectados. Invito a los operadores, al gobierno, a la sociedad civil y a los ciudadanos a dialogar sobre cómo garantizar la neutralidad de la red sin dejar atrás a los más vulnerables.
Hagamos de esta discusión una oportunidad para fortalecer el acceso a internet como un derecho, no como un privilegio. Porque en un mundo cada vez más digital, estar conectados no es un lujo, es una necesidad.
Una propuesta para beneficiar a todos
Ahora, en el entendido de que el internet en nuestro país es un servicio público esencial que además, la red que lo soporta fue declarada de utilidad pública e interés social gracias a la ley 2416 de mi autoría, es absolutamente claro que quien tiene la obligación de que el servicio llegue a todas partes y su acceso sea igual para todos los colombianos es el Estado.
Por tal razón, mi propuesta es que, de la misma manera que es subsidiado el servicio de energía y el servicio de agua potable a los sectores más vulnerables, también se destinen recursos para subsidiar paquetes básicos que permitan a esta población acceder a internet. Esta sería una medida que nos permitirá avanzar en la inclusión digital y en la igualdad de derechos de todos en el ciber espacio.
Medidas como estas, sumadas a un ambicioso plan de digitalización de Estado y nuestra economía, ayudarían mucho a que podamos montarlos en la ola de la cuarta revolución industrial, marcada por el desarrollo de la inteligencia artificial, la cual lidera las tasas de crecimiento de las economías más fuertes del mundo.
De esta manera, en lugar de centrarnos en prohibiciones, transformaríamos el debate en una oportunidad para democratizar el acceso a internet para todos.
Alfredo Deluque Zuleta