La decisión del magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, de acudir a la Corte Penal Internacional y a otros organismos internacionales por una propuesta de recorte presupuestal obliga a Colombia a formular preguntas incómodas, pero indispensables.
¿Se está denunciando un riesgo real para la administración de justicia o se está intentando convertir a la comunidad internacional en un instrumento de presión contra el Congreso? ¿Se pretende que la Corte Penal Internacional intervenga en una discusión legítima del presupuesto nacional? ¿Se busca intimidar a los congresistas para que no modifiquen una partida? ¿O se está tratando de presentar como un ataque contra la paz lo que, en esencia, es un debate sobre prioridades, resultados y manejo de recursos públicos?
La propuesta que originó la controversia fue presentada por el senador Enrique Gómez y plantea trasladar 100.000 millones de pesos del presupuesto de la JEP al Consejo Superior de la Judicatura dentro del Presupuesto General de la Nación de 2027. La iniciativa cuenta con el respaldo político del presidente Abelardo de la Espriella. Ramelli calificó el recorte como una amenaza grave y anunció que la JEP pondría la situación en conocimiento de la Corte Penal Internacional, de las Naciones Unidas, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de otros actores internacionales.
El asunto merece ser examinado sin consignas y sin manipulación emocional.
El dato que no puede ocultarse
La JEP tuvo para 2026 un presupuesto aprobado de 744.658 millones de pesos. Para 2027 solicitó 947.642 millones, pero el proyecto gubernamental le asignó 821.803 millones: 77.145 millones más que en 2026, aunque 125.839 millones menos de lo que la entidad había pedido.
La propuesta de trasladar 100.000 millones no equivale a cerrar la JEP ni a eliminarla. De aprobarse, dejaría a la jurisdicción con aproximadamente 721.803 millones de pesos, una cifra inferior a la de 2026, pero todavía suficiente para mantener una estructura institucional que debe demostrar cuáles son sus prioridades y qué puede ajustar.
La JEP sostiene que esos 100.000 millones representan cerca del 62 por ciento de los recursos destinados a la adquisición de bienes y servicios. También advierte que el recorte podría comprometer convenios de seguridad, arrendamientos, servicios públicos, mantenimiento, infraestructura tecnológica y presencia judicial en los territorios. Esa advertencia debe ser revisada con seriedad, especialmente cuando están en juego víctimas, testigos, comparecientes y funcionarios expuestos a riesgos.
Pero una advertencia no es una prueba. Y una cifra global tampoco es una respuesta suficiente. La JEP debe publicar, rubro por rubro, qué se afectaría, qué es indispensable, qué puede aplazarse, qué puede eliminarse y cuánto cuesta realmente cada componente de su operación.
La CPI no es un tribunal presupuestal
La Corte Penal Internacional fue creada para investigar y juzgar a personas acusadas de los crímenes más graves: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión. No es un tribunal para revisar el Presupuesto General de la Nación, ordenar apropiaciones, impedir traslados presupuestales ni sustituir al Congreso de Colombia.
Por supuesto, una institución judicial puede acudir a instancias internacionales si considera que existe una amenaza concreta contra su independencia o contra el cumplimiento de obligaciones internacionales. Esa posibilidad no debe confundirse con una licencia para utilizar el nombre de la CPI como una advertencia política dirigida a los congresistas.
La diferencia es fundamental. Una cosa es informar a la comunidad internacional sobre un eventual incumplimiento grave de compromisos estatales. Otra muy distinta es insinuar que una decisión presupuestal, tomada por el órgano constitucional competente, constituye por sí misma una agresión internacional o una conducta que deba activar a la justicia penal internacional.
El Congreso tiene la obligación de debatir, modificar y aprobar el presupuesto. Puede equivocarse, pero no puede renunciar a esa función por temor a que cada ajuste sea presentado como una amenaza contra la paz. Si la JEP pretende que el Congreso le entregue exactamente lo que solicita, debe explicar por qué. Si pretende impedir cualquier reducción, debe demostrar que cada peso es indispensable. Y si considera que el recorte destruye su capacidad operativa, tiene que probarlo con documentos verificables, no con titulares alarmistas.
La paz no puede convertirse en un blindaje presupuestal
La paz es un compromiso nacional y una obligación del Estado. Las víctimas tienen derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Pero ninguna de esas obligaciones convierte a una institución pública en intocable.
La JEP nació para responder a una tragedia histórica. Su razón de ser es administrar justicia frente a los crímenes más graves del conflicto armado y ofrecer respuestas a quienes padecieron la violencia. Precisamente por eso no puede refugiarse permanentemente en la condición de institución protegida para evitar el control político, fiscal, administrativo y ciudadano.
Según cifras reportadas por la propia jurisdicción, a junio de 2026 había acreditado 16.097 víctimas y 444 sujetos colectivos, que agrupan a cerca de 634.804 personas. También había imputado a 367 comparecientes como máximos responsables, con 432 imputaciones, y reportaba un reconocimiento de responsabilidad del 91,76 por ciento en esas imputaciones.
Son cifras importantes, pero no constituyen una patente de corso. La sociedad necesita saber cuántas decisiones de fondo se han producido, qué efectos concretos han tenido para las víctimas, cuánto ha costado cada resultado, cuántos procesos avanzan dentro de los plazos previstos y qué sanciones efectivas se han cumplido. La justicia transicional no puede medirse únicamente por el número de acreditaciones, imputaciones o reconocimientos. Debe medirse también por sus resultados verificables y por la confianza que consigue construir.
También hay que revisar el gasto
La JEP ha informado que redujo los contratos de prestación de servicios de 827 a 746 entre 2025 y 2026 y que acumuló ahorros por 21.574 millones de pesos entre 2024 y 2026. También sostiene que no tiene gastos de telefonía celular corporativa, publicaciones ni publicidad.
Esas medidas deben ser reconocidas si están documentadas. Pero una reducción de contratos no elimina la obligación de revisar toda la estructura presupuestal. La pregunta no es únicamente cuánto se ha ahorrado, sino cuánto se puede ahorrar todavía sin poner en riesgo la seguridad de las víctimas ni la investigación de los crímenes.
En la información divulgada sobre el presupuesto aparece, además, una suma de 41.176 millones de pesos que la JEP había contemplado para comprar el inmueble privado donde funciona en Bogotá. Ese valor no quedó asignado y, según los reportes conocidos, no constituye un déficit operativo real. Ese solo dato demuestra que las cifras deben desagregarse: no es lo mismo financiar la protección de una víctima que comprar un inmueble; no es lo mismo garantizar una diligencia judicial que sostener gastos administrativos; no es lo mismo una necesidad inmediata que una inversión aplazable.
Si existen gastos suntuarios, contratos innecesarios, consultorías prescindibles, alquileres excesivos o inversiones que pueden esperar, deben recortarse. Si no existen, la JEP debe demostrarlo públicamente. La transparencia no se defiende pidiendo más dinero: se defiende mostrando las cuentas.
El verdadero respeto por las víctimas
Las víctimas no pueden ser utilizadas como escudo retórico en una disputa presupuestal. Cada vez que una institución invoca su nombre para reclamar más recursos, tiene que explicar cuánto de ese dinero llega efectivamente a su protección, a su participación, a la investigación de los hechos y a la reparación.
No basta con decir que un recorte afectará a las víctimas. Hay que identificar cuáles, de qué manera, en qué territorio, durante cuánto tiempo y con qué impacto concreto. De lo contrario, se corre el riesgo de convertir el sufrimiento de millones de colombianos en una herramienta de presión institucional.
La JEP debe entender que el país no le está negando la justicia a las víctimas por exigir austeridad. Al contrario: exigir que los recursos se concentren en ellas es una forma de respeto. Lo que resulta ofensivo es que se pretenda presentar cualquier crítica presupuestal como una agresión contra quienes padecieron el conflicto.
El Congreso no debe arrodillarse
El Congreso puede y debe controlar el presupuesto de la JEP. Esa tarea no es una conspiración contra la paz ni una persecución contra la justicia transicional. Es una obligación democrática.
Si el senador Enrique Gómez propone trasladar 100.000 millones de pesos, debe explicar también por qué esos recursos deben ir al Consejo Superior de la Judicatura, cuáles serán sus usos y qué impacto tendrá la decisión. El Gobierno debe presentar sus cálculos. La JEP debe defender sus necesidades con información completa. Y los congresistas deben decidir de cara al país, no bajo la sombra de una amenaza internacional.
Lo que Colombia no puede aceptar es que una entidad pública intente cerrar el debate apelando al miedo: miedo a la CPI, miedo a la ONU, miedo a la comunidad internacional o miedo a que cualquier modificación presupuestal sea interpretada como una violación del Acuerdo de Paz.
Los acuerdos internacionales comprometen al Estado, pero no eliminan la democracia presupuestal ni convierten a una jurisdicción en un poder por encima del control político. El Estado debe cumplir sus obligaciones; las instituciones, al mismo tiempo, deben justificar sus gastos y someterse a la vigilancia de la sociedad.
La respuesta que Ramelli le debe al país
El magistrado Ramelli debería responder, con cifras públicas y documentos completos, al menos estas preguntas:
- ¿Cuál es el costo total de cada macrocaso y de cada actuación judicial?
- ¿Cuánto del presupuesto llega directamente a la participación y protección de las víctimas?
- ¿Qué rubros concretos quedarían sin financiación con el traslado de 100.000 millones?
- ¿Cuáles gastos pueden reducirse, aplazarse o eliminarse sin afectar la justicia?
- ¿Cuántas sentencias de fondo se han producido y qué resultados concretos han generado?
- ¿Cuánto se ha gastado en contratos, consultorías, arrendamientos, viajes, tecnología y asesorías?
- ¿Qué controles independientes verifican que los recursos estén produciendo resultados?
Esas preguntas no son un ataque. Son el mínimo que se le puede exigir a una institución que administra cientos de miles de millones de pesos del presupuesto nacional.
La JEP no es enemiga de Colombia, pero tampoco es dueña de Colombia. No puede pretender que la sociedad la financie sin límite, la defienda sin información y la exonere de toda crítica en nombre de las víctimas. Una justicia que reclama legitimidad internacional debe demostrar primero legitimidad ante los ciudadanos que la sostienen.
La Corte Penal Internacional no puede ser convertida en una oficina de presión contra el Congreso. La paz no puede utilizarse como argumento para blindar el gasto público. Las víctimas no pueden ser invocadas como escudo para impedir la rendición de cuentas.
Con 100.000 millones de pesos menos, la JEP tendrá que priorizar, ahorrar y demostrar que sabe administrar. Si el recorte amenaza realmente la seguridad de las víctimas o paraliza la investigación de los crímenes, que lo pruebe con precisión. Si existen recursos para operar, que reorganice su presupuesto y elimine el derroche.
Lo que Colombia necesita no es una institución intocable, sino una justicia seria, austera, eficaz y sometida a la verdad de sus resultados.
La JEP no necesita blindarse con la CPI: necesita responderle al país con cifras, resultados, austeridad y respeto por las víctimas.
Abel Enrique Sinning Castañeda

