¿CUANDO SERÁ ESE CUANDO?

“El más terrible de todos los sentimientos, es el sentimiento de tener la esperanza muerta”.

Federico García Lorca

 

En La guajira, tal como sucedía en la época de la colonia con las cédulas reales, se simula la obediencia de las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Sentencia de la Corte Constitucional que declaró el Estado de cosas inconstitucional, pero no se cumplen. 6 años después del auto de la CIDH y a 5 años de la sentencia de la Corte la población objeto de este amparo de sus derechos sigue a la espera de que se hagan efectivos.

Como es bien sabido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante la Resolución 60 del 11 de diciembre de 2015, decretó unas medidas cautelares tendientes a “preservar la vida y la integridad de niños y adolescentes de Riohacha, Uribía, Manaure y Maicao” amenazadas seriamente por los flagelos del hambre, la desnutrición y el abandono inveterado por parte de todos los gobiernos.

Como antecedente es importante resaltar que el 30 de agosto de 2016 la Corte Constitucional, en Sentencia T – 466, teniendo en cuenta que el Tratado que ratificó la Convención Americana sobre derechos humanos hace parte del bloque de constitucionalidad, de ello se sigue que las medidas cautelares dictadas por la CIDH son vinculantes para el Estado colombiano y por ende de obligatorio cumplimiento. Por ello, conminó al Gobierno Nacional a proceder en consecuencia. La reacción del gobierno Santos, contrariamente a lo esperado, fue reticente y en lugar de acatarlas, optó por demandar de la CIDH su revocatoria.

En vista de su flagrante incumplimiento, la Corte Constitucional se vio precisada a declarar  el 8 de mayo de 2017 el Estado de cosas inconstitucional mediante la sentencia T – 302, ordenándole al Gobierno tomar medidas prontas y eficaces para dar cumplimiento a las medidas cautelares de la CIDH y así evitar situaciones tan aberrantes como las que dieron lugar a las mismas, le requirió al Gobierno Nacional, a través del Auto 207 del 25 de mayo de 2017, la expedición de un Documento CONPES, el cual debe “reflejar un plan eficiente, con soluciones integrales y definitivas a la vulneración de los derechos a la vida y la salud de dicha población, así como incluir un organigrama que detalle, con tiempos razonables y reales, la implementación de cada una de las políticas públicas definidas”.

En una respuesta tardía, el Presidente Santos, ya con un pie en el estribo, en vísperas de hacer dejación de la Presidencia, el 4 de agosto de 2018, expidió el Documento CONPES 3944, mediante el cual se establece una Estrategia para el desarrollo integral del Departamento de La guajira y sus pueblos indígenas. Al fin y al cabo, el papel resiste todo y este fue su legado. Fue necesaria una nueva Sentencia de la Corte Constitucional, la T – 415 de octubre de 2018, para recabar del Gobierno Nacional su implementación, confirmando un fallo en tal sentido del Tribunal Contencioso de La guajira.

Es claro que sólo se entenderá por superado el Estado de Cosas Inconstitucional cuando La Guajira logre igualar o disminuir la muerte de niños a los niveles nacionales. 5 años después de la Sentencia in comento, la muerte de niños está 7 veces por encima de la media nacional (34,1/4,6), y la desnutrición 3 veces más de la media nacional (0,89/0,25). De hecho, de conformidad con los registros del Instituto Nacional de Salud (INS), en el 2021 fallecieron 41 niños menores de cinco años por desnutrición. Esto es aberrante y clama al cielo!

Según la Veeduría para la implementación de dicha Sentencia, hasta el día de hoy no hay un avance significativo en la implementación de las acciones previstas en el susodicho CONPES. Advierte, además, que “el gobierno saliente, en cabeza de la consejera para las regiones Ana María Palau afirma que ellos dejan una ruta de acción para que sea implementada por la siguiente administración, sin embargo, la orden era clara: estructurar un plan de acción con presupuesto, pues la ruta de acción ya estaba determinada dentro Sentencia”. Y así, cada gobierno patea la pelota hacia adelante.

Con razón el profesor Cesar Arismendi, miembro de la Veeduría, no oculta su desconcierto y desconsuelo cuando afirma que “lo que nos quedó a la Región, a los voceros, fue un cansancio por el proceso desarrollado y, finalmente, no se pudo concluir este plan de gestión y lo peor del caso es que no hay agenda para el 2022” y, añadiría yo, mucho menos para el 2023.

Cabe preguntarse, hasta cuando tendrá que esperar, lo que no da espera, la población objetivo de esta Sentencia, que fue recibida como una tabla de salvación para el náufrago, que por fin el Estado le cumpla. ¿Cuándo será ese cuándo? Ya será el próximo gobierno el que responda este interrogante. ¡Los representantes guajiros y la Senadora recientemente elegidos tienen allí uno de sus mayores retos!

 

Amylkar D. Acosta M[1]

[1] Miembro de Número de la ACCE

http://www.amylkaracosta.net 

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